Esta semana hemos tenido ocasión de conocer el desglose de las plazas que conforman la tasa de reposición de efectivos del pasado año y que, por tanto, engrosa la Oferta de Empleo Público para la Administración de Justicia en 2023.

Grosso modo y sin entrar a hacer un estudio muy detenido de la misma, podemos concluir que a pesar de disponer de una tasa de reposición del 120% en tasa neta queda una Oferta relativamente reducida si la comparamos con los números que habitualmente hemos venido observando en pasadas ofertas.

Números de la OEP 2023 -justicia-

  • total plazas: 1.907 plazas
  • Cuerpos generales:
    • Acceso turno libre: 1052
    • Promoción Interna: 544

 

Plazos de la OEP 2023 -justicia-

Quizás aquí encontramos una de las principales novedades que resulta más que interesante comentar.

  • Disposición adicional sexta: Salvo excepción justificada, la convocatoria de las plazas contenidas en este RD habrán de estar convocadas antes del 31 de diciembre de 2023. El proceso selectivo de las plazas contenidas en este Real Decreto deberá estar absolutamente concluido en el plazo máximo de 2 años

 

  • Artículo 3 (apartado 3º): Asimismo, deberán contener una previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo que, salvo causa justificada, no podrá ser superior a nueve meses y contemplará que la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición tenga lugar en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

 

Comentario:

A la luz de lo anterior y salvo error de apreciación por nuestra parte, debemos entender:

a) -salvo causa de fuerza mayor- la publicación de la convocatoria de las plazas OEP2023 tendrá lugar antes del 31 de diciembre de este año (… previsión conocida por todos nosotros ya que fue una clausula que se contuvo en la ley 20/2021 de 28 de diciembre de estabilización de empleo temporal, y que en efecto fue cumplida).

Comentario: Habrá acumulación de estas plazas a la siguiente oferta de empleo público? Nos están diciendo que no. Si la OEP 2023 se ha de convocar en 2023 -31 de diciembre- ya no sería posible acumularla a las plazas de la OEP2024. Recordemos que lo que se acumulan son OEPS no convocatorias. 

b) -La celebración del primer ejercicio tendrá lugar en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el BOE-.

Comentario: Es decir, salvo que se justifique lo contrario, el primer examen se estaría necesariamente realizando antes del 31 de marzo de 2024.

 

A todo lo anterior podríamos añadir alguna otra pregunta cómo…. (afecta en algo, a todo lo anterior, que los procesos derivados de las convocatorias Ley 20/2021 de 28 de diciembre no estén terminados?

La disposición adicional 6ª indica que: En el caso de que el estado de ejecución de la fase de oposición de convocatorias derivadas de ofertas de empleo anteriores al presente real decreto, confluyera con la fecha de 31 de diciembre de 2023, la Secretaría de Estado de Función Pública autorizará la acumulación de las plazas pendientes de convocatoria, junto con las que, en su caso, se oferten en el ejercicio inmediato siguiente.

Comentario: Es algo que muy difícilmente nos afectaría porque las plazas que  quedan actualmente por examinar (concurso-oposición del art. 2 Ley 20/2021) ya están convocadas y de hecho, en el mes de diciembre-enero posiblemente las estemos examinando.

 

En resumen,

Podríamos estar en una situación un tanto atípica en cuanto a la posibilidad de hacer exámenes de 3 convocatorias diferentes en el plazo de un año.

En mayo de 2023 se han examinado las 2874 plazas de la OEP 2020, 2021 y 2022

En diciembre-enero (2023/2024) posiblemente estemos examinando las plazas del art. 2 de la ley 20/2021

Antes del 31 de marzo 2024 estaríamos examinando las 1907 plazas de la OEP 2023.

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